Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
10-05-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120510-176

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

176
Demanda 299 de 2010

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 299 de 2010 y acumulados de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Gascón Paredes, don Juan Carlos Palomino Ciudad, don Pedro Pablo Cartategui Murías, don José María Palomino Campos, don Isidro Pérez Adell y don Francisco Miguel López Ávila, contra las empresas “UTE Edar Deputadoras de Borox”, “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, e “Isolux-Ingeniería, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Francisco Miguel López Ávila, don Enrique Gascón Paredes, don Juan Carlos Palomino Ciudad, don Pedro Pablo Cartategui Murías, don José María Palomino Campos y don Isidro Pérez Adell, contra la empresa “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, con la intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar por los conceptos de la demanda:

A don Francisco Miguel López Ávila: la suma de 3.914,49 euros.

A don Isidro Pérez Adell: la suma de 4.169,48 euros.

A don Enrique Gascón Paredes: la suma de 6.421,27 euros.

A don Juan Carlos Palomino Ciudad: la suma de 6.421,27 euros.

A don José María Palomino Campos: la suma de 6.421,27 euros.

A don Pedro Pablo Cartategui Murías: la suma de 6.179,09 euros.

Cuantías todas ellas que devengarán el 10 por 100 anual de interés de mora.

Estimando parcialmente la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Francisco Miguel López Ávila, don Enrique Gascón Paredes, don Juan Carlos Palomino Ciudad, don Pedro Pablo Cartategui Murías, don José María Palomino Campos y don Isidro Pérez Adell, contra “UTE Edar Deputadoras de Borox”, debo condenar y condeno a la parte demandada a que, con carácter solidario con la empresa “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, respecto de las cantidades indicadas anteriormente, abone a los trabajadores las siguientes cuantías:

A don Francisco Miguel López Ávila: la suma de 1.975,85 euros.

A don Isidro Pérez Adell: la suma de 2.011,50 euros.

A don Enrique Gascón Paredes: la suma de 1.152,86 euros.

A don Juan Carlos Palomino Ciudad: la suma de 1.152,86 euros.

A don José María Palomino Campos: la suma de 1.276,02 euros.

A don Pedro Pablo Cartategui Murías: la suma de 1.357,42 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 190 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado o bien presentar aval solidario de entidad financiera “Banesto”, cuenta corriente número 4320, clave 65, con indicación del número de autos por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito y por importe de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Evamar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 20 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.667/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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