Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
09-05-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120509-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

108
Demanda 11 de 2012

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 11 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Lorenzo Camacho Fernández, contra la empresa “Masterpan, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de acumulación, cuya parte dispositiva dice:

Auto

Magistrada-juez, doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 9 de marzo de 2012.

Dispongo:

Acumúlese a estos autos los que se siguen en el Juzgado de lo social número 39 con el número 21 de 2012, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Dese cuenta al Decanato de los Juzgados de lo social de la acumulación acordada.

Líbrese oficio al Juzgado de lo social número 39 para que remitan a este Juzgado los autos número 21 de 2012.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo social número 3, abierta en “Banesto” (0030), cuenta número 2501, debiendo indicar en el campo concepto “recurso”, seguido del código 30, “social-reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código 30 “social-reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez (firmado).

En Madrid, a 16 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.875/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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