Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
08-05-2012

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120508-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Impuesto actividades económicas 2012

Formada por la Administración Tributaria del Estado la matrícula del impuesto sobre actividades económicas (IAE) de este municipio correspondiente al ejercicio 2012, queda expuesta al público en este Ayuntamiento durante el plazo de los siguientes quince días hábiles tras la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha matrícula está constituida por los censos comprensivos de los sujetos pasivos que tributan por dicho impuesto con cuota municipal a este Ayuntamiento.

Contra los actos de inclusión, exclusión o alteración de los datos de los sujetos pasivos en la matrícula o discrepancia con los datos censales los interesados podrán interponer el potestativo recurso de reposición, ante la Administración Tributaria del Estado, o directamente reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, ambos en el plazo de un mes a contar desde el día inmediato siguiente a la finalización del período de exposición al público de la matrícula, y sin posibilidad de simultanear ambas impugnaciones. La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativo contra los actos citados no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que lo acuerde expresamente el órgano administrativo o el Tribunal Económico-Administrativo correspondiente.

En Galapagar, a 2 de abril de 2012.—El primer teniente de alcalde-delegado de Economía y Hacienda, Fernando Arias Moral.

(02/2.925/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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