Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
08-05-2012

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120508-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

EDICTO

105
Juicio de faltas 537 de 2011

Doña María del Pilar Lagarejo Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 537 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Alcalá de Henares, a 27 de diciembre de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 (antiguo primera instancia e instrucción número 3) de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 537 de 2011, sobre lesiones, entre doña María de los Ángeles Corredor de Moreno (denunciante) y don Román Esteban Tamayo Aristizábal y doña Katherine Victoria Lince Espina (denunciados), con intervención del ministerio fiscal, resultando el siguiente

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Román Esteban Tamayo Aristizábal y doña Katerine Victoria Lince Espina de los hechos por los que venía denunciado, declarando de oficio las costas de este juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a los denunciados doña Katherine Victoria Lince Espina y don Román Esteban Tamayo Aristizábal, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 29 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/13.324/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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