Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103
Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120501-24
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
1.o Por el alcalde-presidente se ha dictado, en fecha 2 del corriente mes de abril, un decreto por el que se delegan competencias en el nuevo Miembro Corporativo, don José Rafael de la Paliza Calzada, que tomó posesión de su cargo en sesión plenaria del día 30 de marzo pasado, y cuya parte dispositiva (una vez rectificado por la Alcaldía, en esta fecha, error material detectado en el número de resolución afectada) es la siguiente:
Primero. Delegación de competencias.—Designar al concejal don José Rafael de la Paliza Calzada, adscribiéndole al Área de Presidencia, Coordinación y Asuntos Jurídicos, delegado de las materias que se indican, además de las facultades que, con carácter general, están contenidas en el apartado V del decreto de delegación de fecha 22 de noviembre de 2011 (número 1426/2011), las siguientes:
1. El mantenimiento de las instalaciones municipales.
2. La coordinación y fomento de la labor de proximidad y cercanía de la gestión municipal en el casco urbano y en las urbanizaciones históricas de Boadilla.
3. El control y gestión de la limpieza en los edificios municipales.
Segundo. Revocación de competencias.—Como consecuencia del apartado anterior, revocar y dejar sin efecto las delegaciones de las materias contenidas en los subapartados 1 y 2 a favor del concejal don Francisco Javier Úbeda Liébana, y en el subapartado 3 a favor de la cuarta teniente de alcalde doña Susana Sánchez-Campos Guerrero que hasta la fecha les correspondían en virtud del citado decreto 1426/2011.
Tercero. Régimen de dedicación.—Desde esta fecha el concejal don José Rafael de la Paliza Calzada desempeñará su cargo en régimen de dedicación exclusiva.
Cuarto. Entrada en vigor y publicación.—De esta resolución, que entrará en vigor en día de la fecha, se dará cuenta al Pleno Corporativo en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de la notificación individual y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2.o Igualmente, y en la misma fecha, se ha dictado por dicha Autoridad otro decreto relativo a la competencia para la suscripción de convenios de colaboración, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Primero.—Modificar parcialmente el apartado IV del dispositivo primero del Decreto 1426/2011, de 22 de noviembre, respecto de la delegación de competencia para la suscripción de los convenios de colaboración sobre las materias de las distintas áreas, que se mantiene en los concejales-delegados de área, excepto cuando intervengan en los mismos alcaldes de otros municipios o autoridades de la Comunidad de Madrid, u otras comunidades, con rango igual o superior a consejero, y si lo son del Estado que el rango de la Autoridad interviniente en aquellos sea igual o superior al de director general, en cuyos supuestos dicha suscripción o formalización se efectuará por el alcalde.
Segundo.—El presente decreto surtirá efectos desde el día de su fecha.
Tercero.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.
Cuarto.—Dar cuenta al Pleno del presente decreto en la primera sesión que celebre.
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y demás disposiciones concordantes.
Boadilla del Monte, a 10 de abril de 2012.—El primer teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Alfonso Segovia Utrera.
(03/13.602/12)