Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101
Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120428-25
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, acordó, por unanimidad, aprobar la modificación de la ordenanza reguladora de ficheros que contienen datos de carácter personal, cuyo texto íntegro se inserta a continuación, a efectos de lo dispuesto en los artículos 196.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
La modificación publicada entrará en vigor transcurridos treinta días hábiles desde la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siempre que no se produzcan reclamaciones contra la aprobación acordada:
CREACIÓN DE FICHEROS
“Art. 23. Fichero de “Videovigilancia”:
1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Navacerrada, Órgano responsable: Alcaldía. Dirección: plaza de los Ángeles, número 1, 28491 Navacerrada (Madrid). Cédula de identificación fiscal: P-2809300-C.
2. Órgano, servicio o unidad ante el que deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Navacerrada. Dirección: plaza de los Ángeles, número 1, 28491 Navacerrada (Madrid).
3. Nombre y descripción del fichero que se crea: “Videovigiliancia”. Gestión integral de las cámaras de vídeo para vigilancia existentes en el viario público para vigilancia del tráfico.
4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
5. Medidas de seguridad: nivel básico.
6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: datos de carácter identificativo, imagen.
7. Descripción detallada de la finalidad y uso del fichero: cámaras de videovigilancia en el viario para control y ordenación del tráfico rodado y aparcamiento.
8. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: transeúntes, propietarios/conductores de vehículos, ciudadanos en general.
9. Procedencia de los datos: interesados.
10. Procedimiento de recogida de datos: grabación de imágenes mediante cámaras de videovigilancia.
11. Cesión o comunicación de datos: órganos judiciales. Policía Nacional, Guardia Civil, Protección Civil. Departamentos municipales del Ayuntamiento de Navacerrada encargados del procedimiento sancionador en materia de infracciones de tráfico e infracciones de ordenanzas municipales.
Art. 24. Fichero “Registro Municipal de Asociaciones”:
1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Navacerrada. Órgano responsable: Alcaldía. Dirección: plaza de los Ángeles, número 1, 28491 Navacerrada (Madrid). Cédula de identificación fiscal: P-2809300-C.
2. Órgano, servicio o unidad ante el que deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Navacerrada. Dirección: plaza de los Ángeles, número 1, 28491 Navacerrada (Madrid).
3. Nombre y descripción del fichero que se crea: “Registro Municipal de Asociaciones”. Gestión de datos concernientes a las asociaciones inscritas en el Registro.
4. Carácter informatizado o manual del fichero: informatizado.
5. Medidas de seguridad: nivel básico.
6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: datos de carácter identificativo.
7. Descripción detallada de la finalidad y uso del fichero: se utilizará para identificar a las asociaciones y sus representantes para comunicación de actividades y convocatoria de subvenciones.
8. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: representantes legales de las asociaciones con sede en el municipio que soliciten inscripción.
9. Procedencia de los datos: interesados.
10. Procedimiento de recogida de datos: impresos de inscripción cumplimentados por los interesados.
11. Cesión o comunicación de datos: interna y Administración Tributaria.
Navacerrada, a 10 de abril de 2012.—La alcaldesa (firmado).
(03/12.951/12)