Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120428-93
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 560 de 2010, ejecución número 9 de 2012, seguido a instancias de doña María Dolores Lacasa Romero y doña Aicha Azddine, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en fecha 15 de marzo de 2012 auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
1.o Declarar extinguida la relación laboral que unía a doña María Dolores Lacasa Romero y doña Aicha Azddine con la parte demandada “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”.
2.o Sustituir la obligación de readmisión incumplida por la demandada “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, por la indemnización de 13.047,83 euros para doña María Dolores Lacasa Romero, y 12.016,13 euros para doña Aicha Azddine.
3.o Condenar a la parte demandada “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, al pago de los salarios de tramitación, una vez descontados los períodos trabajados para otras empresas, por importe de 31.734,71 euros para doña María Dolores Lacasa Romero (quinientos veintinueve días a razón de 59,99 euros por día), y 9.807,10 euros para doña Aicha Azddine (doscientos dos días a razón de 48,55 euros por día).
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días ante este mismo Juzgado.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Inmaculada Parrado Caparrós.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 15 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/12.343/12)

