Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2012

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120424-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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ORDEN 3834/2012, de 30 de marzo, por la que se autoriza el convenio suscrito entre la Universidad Europea de Madrid e “Iniciativas Educativas Educa, Sociedad Limitada Unipersonal”, para la desadscripción del Centro de Educación Superior “Valencia”.

Los centros de educación superior son centros universitarios adscritos mediante convenio a una universidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Hasta la modificación introducida por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en la Ley Orgánica de Universidades, estos centros y la universidad a la que se adscribían debían estar en la misma comunidad autónoma. Actualmente, sin embargo, pueden estar en comunidades autónomas distintas siempre que cuenten con la autorización de ambas.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 18 de septiembre de 2008, se autorizó la adscripción a la Universidad Europea de Madrid del Centro de Educación Superior “Valencia”. Posteriormente, por Resolución de 27 de enero de 2010, de la Conselleria de Educación, se autorizó, asimismo, la adscripción del centro por la Generalitat Valenciana. En la actualidad, los promotores del centro han solicitado ante la Conselleria de Educación de Valencia el reconocimiento, mediante Ley, de la universidad privada “Universidad Europea de Valencia” a partir del Centro de Educación Superior “Valencia”. Al igual que en el procedimiento de adscripción, la Comunidad de Madrid debe aprobar el convenio para la desadscripción del centro a la Universidad madrileña, de manera que pueda transformarse en una universidad privada en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, salvaguardado siempre el derecho de los estudiantes para continuar los estudios en el centro de acuerdo con las reglas generales para la extinción de los planes de estudio, según prevé la disposición adicional novena de la Ley Orgánica de Universidades.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 149/2011, de 28 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación,

DISPONGO

Primero

Autorizar el convenio suscrito entre la Universidad Europea de Madrid e “Iniciativas Educativas Educa, Sociedad Limitada Unipersonal”, con fecha 3 de febrero de 2012, para la desadscripción del Centro de Educación Superior “Valencia” a la Universidad Europea de Madrid.

Segundo

De acuerdo con la cláusula primera del convenio, se supeditan sus efectos al reconocimiento por Ley de Cortes Valencianas de la Universidad Europea de Valencia como universidad privada, a la autorización de su puesta en funcionamiento y a la implantación de las enseñanzas que sustituyan a las que imparte el centro adscrito.

Tercero

Conforme a las cláusulas segunda y tercera del convenio, el titular del centro adscrito se compromete a impartir hasta su extinción las enseñanzas que viene impartiendo el centro, de modo que se permita a los estudiantes culminar sus estudios de acuerdo con el calendario de extinción previsto, asumiendo la continuidad de los compromisos docentes, de profesorado y de servicios previstos en el convenio de adscripción. Los expedientes y actas oficiales de los alumnos que hayan estudiado en el centro quedarán bajo la custodia de la Universidad Europea de Madrid y sus certificaciones oficiales serán expedidas por la misma.

Madrid, a 30 de marzo de 2012.

La Consejera de Educación y Empleo, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/12.929/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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