Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120424-238

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

238
Ejecución 189 de 2011-A

Doña María Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 189 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pilar Moratilla de Luz y don Ángel Somolinos Alcorlo, contra la empresa “Suministros Industriales Ferretería García, Sociedad Limitada”, se han dictado auto y decreto con fechas 21 de junio de 2011 y 2 de marzo de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor García de la Calle.—En Guadalajara, a 21 de junio de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 66 de 2011, dictada en fecha 25 de febrero de 2011, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 809 de 2010, a favor de la parte ejecutante doña Pilar Moratilla de Luz, frente a “Suministros Industriales Ferretería García, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 15.774,60 euros en concepto de principal, más otros 3.154,92 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo por quien no sea trabajador ni goce del derecho de asistencia jurídica gratuita será precisa la consignación como depósito de 25 euros que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, calle Mayor, número 12, de Guadalajara, expediente número 2178/0000/00 (clave del procedimiento)/0000 (número procedimiento)/00 (año). Por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso, en cuyo documento, en campo “Concepto”, figure que se trata de recurso de reposición, seguido del código número 30 (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Decreto número 120 de 2012

Secretaria judicial, doña María Pilar Buelga Álvarez.—En Guadalajara, a 2 de marzo de 2012.

Parte dispositiva:

a) Declarar a la ejecutada “Suministros Industriales Ferretería García, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 36.666,87 euros en concepto de principal (esta cantidad se desglosa así: 15.774,60 euros corresponden a doña Pilar Moratilla de Luz y 20.892,27 euros a don Ángel Somolinos Alcorlo). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2178/0000/64/0189/11 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Suministros Industriales Ferretería García, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 5 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.671/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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