Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120424-233

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CARTAGENA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

233
Ejecución 11 de 2012

Doña Rosa Elena Nicolás, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cartagena.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 11 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Said Morhli, contra “Asociación Atime”, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Declarar extinguida la relación laboral que unía a don Said Morhli con “Asociación Atime”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don Said Morhli.

Indemnización: 6.853,88 euros.

Salarios: 6.120,09 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado de lo social número 1 abierta en “Banesto”, cuenta número 3052, debiendo indicar en el campo “Concepto” que es un “Recurso”, seguido del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones”, la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asociación Atime”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cartagena, a 12 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.673/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120424-233