Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120424-228

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 2

EDICTO

228
Despidos 369 de 2011

Doña Luisa Escobar Ramírez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Almería.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 369 de 2011, a instancias de la parte actora don Antonio Luis Serrano Gómez, contra “Qualibérica, Sociedad Limitada”, y “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 443

En Almería, a 17 de noviembre de 2011.—Visto por el ilustrísimo señor don Jesús Andrés Nevado Nevado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de los de esta ciudad y su provincia, el juicio promovido, en materia de despido, por don Antonio Luis Serrano Gómez, frente a “Qualibérica, Sociedad Limitada”, “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, y “Qualigroup, Sociedad Anónima”.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a las demandadas “Qualibérica, Sociedad Limitada”, y “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia, a optar entre readmitir al actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o, alternativamente, a que le abonen la cantidad de 10.960,93 euros, debiendo, en caso de readmisión, abonar al actor los salarios de tramitación correspondientes, todo ello con absolución de la codemandada “Qualigroup, Sociedad Anónima”.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social en el plazo de cinco hábiles siguientes a la notificación del presente fallo.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Qualigroup, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Almería, a 2 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.851/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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