Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120424-142

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

142
Ejecución 236 de 2011

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 236 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Valcárcel Hernaiz, don Juan Alberto García Salazar y don Tomás Martínez Soliño, contra la empresa “Mármoles Carballal, Sociedad Limitada”, y don Carlos Carballal Cuenca, sobre ordinario, se han dictados las siguientes resoluciones:

Póngase a disposición de los ejecutantes don Alberto Valcárcel Hernaiz la cantidad de 34,96 euros, de don Juan Alberto García Salazar la cantidad de 54,61 euros, y de don Tomás Martínez Soliño la cantidad de 47,23 euros. Para el percibo de dichas cantidades deberán comparecer en la Secretaría de este Juzgado una vez firme la presente resolución continuando la ejecución su curso.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Entregada por el perito tasador la valoración de los bienes embargados, dese traslado, con entrega de copia de la valoración hecha por el perito a las partes litigantes por término de cinco días, advirtiéndoseles de la posibilidad de presentar alegaciones a dicha valoración según lo establecido en el artículo 639.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación de la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado en el banco “Banesto”, sucursal 1033, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Sólo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de Asistencia Jurídica Gratuita (artículo 6, párrafo 5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita).

El escrito presentado por la parte ejecutante únase a los autos de su razón, y visto su contenido se tienen por designados los bienes y se procede al embargo de los siguientes:

Material que se encuentra en la nave sita en la calle Oñate, número 14, de Madrid:

a) Máquina de corte de mármol, instalada sobre raíles.

b) Máquina de secado de barro, con bomba de barro y bomba de agua.

c) Pulidora.

d) Compresor.

e) Herramientas de mano: amoladuras, taladros, lijadoras, herramientas y útiles de elaboración y colocación de mármoles y granitos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones del Juzgado número 15, cuenta corriente número 2513/0000/65/número de autos/año, en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los dígitos obligatorios: 0030/ 1143/00/0000002513, concepto: número de autos/año (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Mármoles Carballal, Sociedad Limitada”, y don Carlos Carballal Cuenca, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.895/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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