Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120423-138
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.072 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel García de la Antonia, contra don Eutimio Cantarero Garrido, don Sergio Gómez Loeches y “Cantarero Loeches, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 27 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 39 de 2012
En Madrid, a 27 de enero de 2012.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Ángel García de la Antonia, que comparece asistido por la señora letrada doña María Teresa López López, y de otra, como demandados, don Eutimio Cantarero Garrido y don Sergio Gómez Loeches, como administradores solidarios de la entidad “Cantarero Loeches, Sociedad Limitada”, que comparecen asistidos por el letrado don Vicente Bauzas Fernández por todos los demandados, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
Que desestimo la demanda formulada por don Ángel García de la Antonia, frente a “Cantarero Loeches, Sociedad Limitada”, y declaro procedente la decisión extintiva adoptada por la empresa con efectos de 7 de septiembre de 2011, declarando el derecho del actor a percibir una indemnización de 16.966,80 euros y declarando extinguido el contrato de trabajo que ligaba a las partes.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Sergio Gómez Loeches y “Cantarero Loeches, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 6 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/11.587/12)