Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120423-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Demanda 480 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 480 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Armando García Vera, contra la empresa “Mantenimiento Integral y Construcciones Tecnisierra, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 15 de marzo 2012 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 148 de 2012

En Madrid, a 15 de marzo de 2012.—Vistos por el mismo señor don Ángel L. del Olmo, magistrado-juez del Juzgado de lo social, número 25 de Madrid, los presentes autos número 480 de 2011, seguidos a instancias de don Ángel Armando García Vera, con documento nacional de identidad número 8177174-F, asistido por el letrado don José Gabriel Morón García, contra la empresa “Mantenimiento Integral y Construcciones Tecnisierra, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, quienes no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que con estimación de la demanda deducida por don Ángel Armando García Vera, contra la empresa “Mantenimiento Integral y Construcciones Tecnisierra, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Mantenimiento Integral y Construcciones Tecnisierra, Sociedad Limitada”, a que abone al actor las siguientes cantidades:

Para don Ángel Armando García Vera, la suma de 8.031,80 euros, más el 10 por 100 de la mora legal.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el artículo 33.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, oficina 1033, a nombre de este Juzgado con el número 2523, acreditando en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta, la cantidad objeto de condena o que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándoles a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así lo pronuncia y firma, el magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento Integral y Construcciones Tecnisierra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 16 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.583/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120423-129