Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120421-113
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número de 365 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, contra don David Rodolfo Figueroa Flores, sobre Seguridad Social, se han dictado auto y decreto de fecha 8 de marzo de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Auto
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, frente a don David Rodolfo Figueroa Flores, por la cantidad de 1.189,98 euros en concepto de principal, más 238 euros calculados provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (según el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Decreto
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículo 186 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don David Rodolfo Figueroa Flores, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/11.304/12)