Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
21-04-2012

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120421-42

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

42
Rollo 5.318 de 2010

En el rollo de sala número 5.318 de 2010, recurso de casación por unificación de doctrina número 114 de 2011, formado para resolver el recurso de suplicación interpuesto contra resolución dictada por el Juzgado de lo social número 3 de Granollers, en los autos de demandas número 5 de 2010, se ha dictado la siguiente resolución:

La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don David Retamar de Blas, en nombre y representación de “Asociación Europea Compañía de Seguros, Sociedad Anónima”, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 25 de enero de 2011, en el recurso de suplicación número 5.318 de 2010, interpuesto por “Asociación Europea Compañía de Seguros, Sociedad Anónima”, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 3 de Granollers de fecha 17 de marzo de 2010, en el procedimiento número 5 de 2010, seguido a instancias de don Francisco Arroyo González, contra “Asociación Europea Compañía de Seguros, Sociedad Anónima”, y “Espacio Asegurador, Sociedad Limitada”, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constituido, dándose a las cantidades ingresadas o los aseguramientos prestados el destino legal.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia, con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en forma a “Espacio Asegurador, Sociedad Limitada”, que tuvo su domicilio en la plaza Puerta del Sol, número 13, tercero, de Madrid, cuyo actual paradero se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el presente en Barcelona, a 14 de marzo de 2012.—La secretaria de Sala (firmado).

(03/11.001/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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