Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120419-105
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de juicio verbal número 2.012 de 2008 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia número 139 de 2011
Jueza que la dicta: doña Amelia Reillo Álvarez.
Lugar: Madrid.
Fecha: 10 de mayo de 2011.
Parte demandante: “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”.
Abogada: doña Laura César Clavijo.
Procurador: doña Ricardo Ludovico Moreno Martín.
Parte demandada: doña Susana Jiménez Fernández.
Abogado: sin profesional asignado.
Procurador: sin profesional asignado.
Objeto del juicio: reclamación de cantidad.
Fallo
Estimando la demanda presentada por el procurador don Ricardo Ludovico Moreno Martín Rico en nombre y representación de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima” dirigida contra doña Susana Jiménez Fernández, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 2.840,70 euros, más intereses legales y costas del presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación, en su caso, se interpondrá ante este Tribunal en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de su notificación a las partes y, se sustanciará ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
Conforme a lo establecido en la instrucción número 8 de 2009, citada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes la necesidad de constituir depósito conforme al punto 3 de la citada Ley Orgánica y con la advertencia del punto 7 de la misma.
Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.
Una vez que sea firme esta resolución y se haya ejecutado lo acordado procédase al archivo de las presentes actuaciones, previas las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe, estando celebrado audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe, en Madrid.
Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Susana Jiménez Fernández, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Madrid, a 27 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).
(02/2.844/12)