Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
18-04-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120418-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Demanda 1.007 de 2011

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 1.007 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Irma Cecilia Ortiz Rosero, contra las empresas “Us One 25, Sociedad Limitada”, y “Ventaabyerta 24, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 7 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se tiene a la actora por desistida de la demanda dirigida contra “Ventaabyerta 24, Sociedad Limitada”.

Que con estimación de la demanda interpuesta por doña Irma Cecilia Ortiz Rosero, contra “Us One 25, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido por defecto de forma a que estos autos se contraen y debo condenar y condeno a la empresa:

1.o A que readmita a la trabajadora en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que regían con anterioridad a su cese, pudiendo la empresa a su elección sustituir la obligación de readmisión por el abono de una indemnización de 4.112,81 euros, calculada a razón de cuarenta y cinco días por año de servicio prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de 42 mensualidades. La opción entre la readmisión o el abono de la indemnización deberá ser realizada de forma expresa mediante escrito o por comparecencia ante la secretaria judicial de este Juzgado de lo social en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia a la demandada.

2.o Al abono, en todo caso, de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que tuvo lugar el día 24 de julio de 2011 hasta la notificación de la sentencia a razón de 26,75 euros/día.

Sin efectuar especial pronunciamiento frente al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ventaabyerta 24, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.869/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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