Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
17-04-2012

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120417-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

2
RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2012, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la exclusión de determinados aspirantes del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C), convocado por Orden de 8 de mayo de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo).

Por Orden de 8 de mayo de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo), se convocaron las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C).

En la base segunda, apartado primero, de la citada Orden, se disponía que «los aspirantes, junto con los requisitos generales de participación establecidos en los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril), para ser admitidos a este proceso selectivo de promoción profesional específica y poder acceder, en su caso, a las plazas convocadas, deberán asimismo reunir los requisitos que se detallan a continuación:

a) Ostentar la condición de trabajador laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos y órganos especiales de gestión incluidos en el ámbito de aplicación territorial y personal del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, y encontrarse en situación de servicio activo o con el contrato suspendido con reserva de puesto de trabajo.

b) Pertenecer a la categoría profesional del Anexo IV del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid que sea inmediatamente inferior a aquella a la que se pretende acceder dentro de la misma área funcional, y haber prestado servicios efectivos en dicha categoría como personal laboral fijo durante, al menos, dos años. De este modo, las categorías a considerar, tal y como se indica en el Anexo I de la presente Orden, serán las siguientes:

— Auxiliar de Hostelería (Grupo V, Nivel 1, Área C), o

— Auxiliar de Obras y Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área C)».

Posteriormente, mediante Resolución de 9 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de junio), fueron aprobadas las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, se publicó la relación de aspirantes excluidos y se anunció el plazo para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso del citado proceso.

Como quiera que, mediante Acuerdo de 25 de noviembre de 2011, el Tribunal Calificador de dichas pruebas selectivas, hizo pública la relación provisional de aspirantes que habían superado el proceso selectivo de referencia, este Centro Directivo procedió a solicitar a las Consejerías y Organismos correspondientes la confirmación del cumplimiento de los requisitos exigidos a aquellos por la mencionada base segunda de la Orden de convocatoria, y de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la misma, habiendo obtenido un pronunciamiento negativo en relación a determinados aspirantes incluidos inicialmente en la relación provisional indicada anteriormente.

En consecuencia, se dictó la Resolución de 17 de febrero de 2012, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de marzo), mediante la que se procedió a la exclusión del presente proceso selectivo de los aspirantes incursos en dicho incumplimiento.

Posteriormente, con fecha 27 de marzo de 2012, el Tribunal Calificador comunica el listado de aspirantes que, en sustitución de los afectados por la ya señalada exclusión, “optarían a plaza en el proceso de referencia, todo ello sin perjuicio de lo que resulte en virtud de lo dispuesto en la base 2.4 de la Orden de convocatoria de las citadas pruebas selectivas respecto de los aspirantes participantes en las mismas”.

A la vista de dicha comunicación y efectuadas las comprobaciones oportunas en relación a este último listado, se advierte que uno de los aspirantes incluidos en el mismo no cumple los requisitos de participación exigidos por la ya reiterada base segunda, a lo que se debe sumar el incumplimiento sobrevenido en el que incurre, a fecha actual, una de las aspirantes que, inicialmente cumplía aquellos.

En virtud de cuanto antecede, y en cumplimiento de la normativa de aplicación al proceso de referencia, esta Dirección General de Función Pública, en uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Excluir del proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C), convocado por la ya mencionada Orden de 8 de mayo de 2008, a los aspirantes que se indican a continuación:

DNI. — Apellidos y nombre. — Turno/cupo. — Causa exclusión

50153883-Z. — Álvarez García, Jesús. — General. — Extinción de la relación laboral con la Administración de la Comunidad de Madrid.

9668206-H. — Holgado Melón, Isolina. — General. — Extinción de la relación laboral con la Administración de la Comunidad de Madrid.

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia y Justicia, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 30 de marzo de 2012.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/12.821/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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