Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
17-04-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120417-87

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OTROS ANUNCIOS

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Baja oficio empadronados

A tenor de lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuran empadronados, incumpliendo cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado reglamento, previa audiencia al interesado.

Teniendo conocimiento de que las personas que se relacionan no residen en el municipio, una vez realizadas las averiguaciones pertinentes e intentada, sin poder practicarse, la notificación a los interesados, se procede a la publicación del presente edicto a fin de otorgar el preceptivo trámite de audiencia, durante el período de diez días hábiles, período durante el cual el interesado está legitimado para realizar las alegaciones que a su derecho convengan.





1. Esta resolución agota la vía administrativa.

2. Contra la presente notificación podrán interponerse, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dictó, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

San Sebastián de los Reyes, a 27 de marzo de 2012.—La concejala-delegada de Innovación Tecnológica y Asuntos Generales (Resolución 1955/2011, de 13 de junio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 156, de 4 de julio), María del Carmen Martínez Álvarez.

(02/2.812/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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