Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
17-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120417-246

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 3

EDICTO

246
Demanda 717 de 2011

Doña Lourdes García Ruiz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento número 717 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Paúl Veintimilla Guevara, contra la empresa “Gaona Vega Carlos H. y Vergara Rosales Vinicio” (sociedad irregular), y los integrantes de la sociedad don Vinicio Vergara Rosales y don Carlos Humberto Gaona Vega, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad deducida por don Sergio Paul Veintimilla Guevara, contra “Gaona Vega Carlos H. y Vergara Rosales Vinicio,” (sociedad irregular), y los integrantes de la sociedad irregular don Vinicio Vergara Rosales y don Carlos Humberto Gaona Vega y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la sociedad irregular y a sus integrantes a abonar solidariamente al demandante la suma de 1.428,62 euros (salvo error u omisión), más el interés moratorio del 10 por 100 devengado respecto de la suma de 1.404 euros (salvo error u omisión, 1.428,62 euros menos 24,62 euros).

Asimismo, estimando la excepción de prescripción invocada, debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de toda responsabilidad respecto de la deuda reclamada en el presente procedimiento.

Notifíquese a las partes la anterior sentencia, con la advertencia de que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, salvo el recurso de suplicación por quebrantamiento de forma, conforme al artículo 191.3, apartado d), de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Carlos Humberto Gaona Vega, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pamplona, a 5 de marzo de 2012.—La secretaria judicial, Lourdes García Ruiz.

(03/10.805/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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