Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2012

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120416-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OTROS ANUNCIOS

61
Caducidad inscripción padronal extranjeros no comunitarios

“Decreto 233/2012.—Caducidad de la inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

Don Eusebio García Gómez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid), en virtud de las atribuciones que le son conferidas y considerando:

Primero.—Lo dispuesto en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, ha introducido una modificación en el artículo 16 de la Ley 7/1985 que establece la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación.

Segundo.—Las instrucciones séptima y octava de la resolución de 28 de abril de 2005, de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

HA RESUELTO

Primero.—Declarar la caducidad de la inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que se incluyen en el listado siguiente por falta de renovación de dicha inscripción en el padrón municipal de habitantes al transcurrir dos años desde su fecha de alta en el citado padrón.


Segundo.—Dar de baja a los extranjeros incluidos en el listado anterior con fecha de efecto de la publicación de la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Notificar esta resolución a los interesados, con ofrecimiento de los recursos que contra él se pueden interponer.

Cuarto.—Dar cuenta de la misma al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre.

En Torrejón de la Calzada, a 8 de marzo de 2012.—Firmado y rubricado, el alcalde-presidente, ante mí, la secretaria general”.

En Torrejón de la Calzada, a 8 de marzo de 2012.—El alcalde-presidente, Eusebio García Gómez.

(02/2.273/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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