Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120411-211

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

211
Ejecución 12 de 2010

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 12 de 2010, acumulada la ejecución número 37 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Petru Gafton y don Petro Malichenco, contra la empresa “Inversiones y Proyectos Pasarela, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se han dictado con fechas 19 de abril de 2011, 1 de septiembre de 2011, 14 de octubre de 2011 y 21 de febrero de 2012 las siguientes diligencias de ordenación:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, 19 de abril de 2011.

Visto el estado de la presente ejecución, acuerdo: Remitir oficio al Registro del Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España, a fin de que informe de las fincas inscritas a favor de la ejecutada “Inversiones y Proyectos Pasarela, Sociedad Limitada”, a fin de proceder, en su caso, al embargo de las mismas.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo, excepto si se trata del trabajador o beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita, será precisa la consignación como depósito de 25 euros que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la calle Mayor, número 12, de Guadalajara, cuenta expediente número 1808/0000/64/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos). Por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso en cuyo documento en el campo “Concepto” figure que se trata de recurso de reposición, seguido del código número 30 (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 1 de septiembre de 2011.

Recibida nota informativa del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, acuerdo librar oficio al Registro de la Propiedad de Guadalajara a fin de que informe a este Juzgado sobre las fincas e inmuebles que pudieran figurar inscritas a favor de la ejecutada “Inversiones y Proyectos Pasarela, Sociedad Limitada”, al objeto de proceder al embargo de las mismas en caso de impago.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo, excepto si se trata del trabajador o beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita, será precisa la consignación como depósito de 25 euros que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la calle Mayor, número 12, de Guadalajara, cuenta expediente número 1808/0000/64/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos). Por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso en cuyo documento en el campo “concepto” figure que se trata de recurso de reposición, seguido del código número 30 (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 14 de octubre de 2011.

Por recibido escrito de la parte ejecutante, únase a las presentes y dese traslado.

Visto su contenido, no procede en el momento actual dictar auto de insolvencia, al continuar la averiguación de bienes de la empresa ejecutada.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo, excepto si se trata del trabajador o beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita, será precisa la consignación como depósito de 25 euros que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la calle Mayor, número 12, de Guadalajara, cuenta expediente número 1808/0000/64/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos). Por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso en cuyo documento en el campo “concepto” figure que se trata de recurso de reposición, seguido del código número 30 (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 21 de febrero de 2012.

Queda pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 10.048,62 euros de principal y 2.009,72 euros en concepto de intereses y costas, y no habiendo encontrado bienes suficientes y de conformidad al artículo 276.1 de la Ley de la Jurisdicción Social, acuerdo: Dar audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que el plazo máximo de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandado contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inversiones y Proyectos Pasarela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 21 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.825/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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