Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120411-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Demanda 1.183 de 2011

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.183 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Eloy Moreno Salomón, don Gabriel Bravo Nieto, don Pablo Rivero Larrondo, don Francisco Moya Valladolid, don Ricardo Méndez Balandín, contra la empresa “Urbajar, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo: Aclarar el fallo de la sentencia que queda así.

Estimando las demandas de los cinco actores, y declaro improcedentes cada uno de sus despidos, con fecha de efectos de 8 de septiembre de 2011 de todos ellos, a excepción de don Pablo Rivero Larrondo, cuya fecha de efectos es de 16 de junio de 2011.

Asimismo, declaro extinguida la relación laboral de cada uno de los cinco trabajadores, por ser imposible la readmisión.

En consecuencia, condeno a la demandada, “Urbajar, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, y a que abone:

A don Juan Eloy Moreno Salomón, la cantidad de 2.511,90 euros, en concepto de indemnización. Asimismo, abonará en concepto de salarios de tramitación, a razón de 55,82 euros diarios brutos con inclusión a prorrata de pagas extras, desde la fecha del despido hasta el 1 de diciembre de 2011, fecha en la que fue dado de alta en otra empresa, un total de 4.688,88 euros.

A don Gabriel Bravo Nieto, la cantidad de 4.775,18 euros, en concepto de indemnización. Asimismo, abonará la cantidad de 11.058,30 euros, en concepto de salarios de tramitación, a razón de 67,02 euros diarios brutos con inclusión de prorrata de pagas extras, calculados desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

A don Pablo Rivero Larrondo, la cantidad de 15.923,33 euros, en concepto de indemnización. Asimismo, abonará la cantidad de 30.302,57 euros en concepto de salarios de tramitación, a razón de 67,02 euros diarios brutos con inclusión de prorrata de pagas extras, calculados desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

A don Francisco Moya Valladolid, la cantidad de 3.477,30 euros, en concepto de indemnización, calculada desde la fecha del despido, hasta la fecha de esta sentencia. Asimismo, abonará la cantidad de 10.200,30 euros, en concepto de salarios de tramitación, a razón de 67,02 euros diarios brutos con inclusión de prorrata de pagas extras, calculados desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

A don Ricardo Méndez Balandín, la cantidad de 3.375 euros, en concepto de indemnización. Asimismo, abonará la cantidad de 8.250 euros, en concepto de salarios de tramitación, a razón de 67,02 euros diarios brutos con inclusión de prorrata de pagas extras, calculados desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia.

Declaro la responsabilidad subsidiaria de el Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las cantidades objeto de condena, hasta el límite legal.

No cabe recurso contra este auto.

Así por este mi auto lo acuerdo, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Francisca Arce Gómez.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbajar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.947/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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