Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120411-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2

EDICTO

90
Juicio verbal 725 de 2011

Don Alejandro Tofiño Padrino, secretario del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal número 725 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

En Parla, a 8 de marzo de 2012.—Vistos por don Miguel López-Veraza Pérez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla y su partido, los presentes autos de juicio verbal, sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 725 de 2011, a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Carlos Ibáñez de la Cadinere y asistida por la abogada doña Ana María Grijalbo de Cabo, contra don Manuel Roca Buelecope, ha dictado sentencia en virtud del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a don Manuel Roca Buelecope al pago de la cantidad de 1.314,42 euros, intereses pactados y costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la ha dictado estando celebrando audiencia pública durante el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

En Parla, a 13 de marzo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/2.613/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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