Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120411-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

107
Demanda 150 de 2005

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario de lo social del número 9 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día de la fecha dictada en los presentes autos, seguido a instancias de don Mohamed Dian, contra don Jesús Aparicio Baena, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, e Instituto Nacional de la Seguridad Social, en reclamación por ordinario, registrado con el número 150 de 2005, se ha acordado citar a don Jesús Aparicio Baena, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 20 de noviembre de 2012, a las once y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 9, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Auto

Magistrado-juez de lo social, don José María Reyero Sahelices.—En Madrid, a 1 de marzo de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Acceder a lo solicitado por don Mohamed Dian, y en consecuencia, acordar las siguientes medidas cautelares:

Que se dirija exhorto al Juzgado de lo social número 32, para que, en relación con el procedimiento número de autos 26 de 2002, ponga a disposición de este Juzgado las cantidades sobrantes de la ejecución de los embargados allí practicados, una vez satisfechas las responsabilidades reclamadas en el citado procedimiento, a fin de asegurar la efectividad de tutela judicial en caso de resultar estimatoria la demanda.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 9, abierta en “Banesto”, cuenta número debiendo indicar en el campo concepto “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “Código 30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en misma cuenta deberá especificar su ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Jesús Aparicio Baena, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 20 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.314/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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