Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120410-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

35
Modificación estatutos Entidad de Conservación El Soto de la Moraleja

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 6 de marzo de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Esta Junta de Gobierno Local, en su sesión de fecha 21 de junio de 2011, acordó aprobar inicialmente la modificación de los estatutos de la Entidad de Conservación “El Soto de la Moraleja”, presentada por esta última tras el acuerdo de su asamblea general en su sesión de 25 de marzo de 2010; modificación estatutaria cuyo objeto se ceñía a la revisión de la duración de las actuaciones de mantenimiento y conservación de la misma entidad, introduciendo el carácter temporal de aquellas.

Sometido el expediente a información pública con notificación a los propietarios del sector, no se ha formulado alegación alguna durante ese período, por lo que procede continuar por el cauce legalmente establecido. En consecuencia, este órgano colegiado, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 127.1, letras d) y g), de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, acuerda:

1. Aprobar definitivamente la modificación de los estados de la Entidad de Conservación “El Soto de la Moraleja”, por la que se da nueva redacción a los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 en los términos literales referidos en el acuerdo de esta Junta de 21 de junio de 2011.

Tal como se indicaba en ese acuerdo, conservará su vigencia la condición ya establecida relativa a que la plena efectividad de la asunción municipal de los servicios transferidos solo tendrá lugar cuando se realicen los controles sobre conformidad de dichos servicios a la normativa reguladora de cada uno de ellos, junto con la existencia de crédito suficiente y la justificación del mantenimiento de la calidad de aquellos.

2. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación a la Entidad de Conservación del ámbito y a los propietarios de este, con traslado igualmente de esta resolución al Área Municipal de Servicios Públicos.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo transcrito, significando que contra este acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcobendas, a 13 de marzo de 2012.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/2.544/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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