Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120404-98
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 226 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Khadija Chahir y don Ilham Chahir, contra la empresa “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de fecha 6 de julio de 2011 y diligencia de ordenación de fecha 28 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Auto
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Khadija Chahir y don Ilham Chahir, frente a “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 11.823,97 euros de principal, más 2.364,79 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
Decreto
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de bienes de la demandada “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del Punto Neutro Judicial.
En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio, para responder a la cantidad de 11.823,97 euros, más 2.364,79 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.
Librándose al efecto mandamiento al servicio común de actos de comunicación/mandamiento a la comisión judicial para que practique el requerimiento/exhorto a la oficina judicial del domicilio de la ejecutada que figura en las actuaciones.
Requerir a “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 28 de febrero de 2012.
Visto el estado de las presentes actuaciones y no constando notificado el auto y decreto de fecha 6 de julio de 2011, a la “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, y devuelto anterior correo certificado con acuse de recibo remitido a “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, en el domicilio que se obtuvo del registro mercantil, únase a los autos, líbrese atento exhorto al Juzgado de paz de Alpedrete, a fin se notifiquen dichas resoluciones y la presente resolución a “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”.
Asimismo, notifíquese a “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, dichas resoluciones, cautelarmente, a través de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bucero Gómez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 28 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/9.591/12)

