Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
04-04-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120404-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

87
Madrid número 5, Demanda 741 de 2011

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 741 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Mugenat”, contra don Víctor Porras Olmedo, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Recobolsa, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 87 de 2012

En Madrid, a 23 de febrero de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre Seguridad Social, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, “Mutua Universal Mugenat”, representada por la letrada doña Raquel Ropero Hermida, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por la letrada doña Rosa María Alonso García; “Recobolsa, Sociedad Anónima”, que no comparece, y don Víctor Porras Olmedo, que no comparece.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Mutua Universal Mugenat”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y don Víctor Porras Olmedo, debo condenar y condeno a “Recobolsa, Sociedad Anónima”, a que reintegre a la mutua demandante la suma de 2.213,75 euros correspondientes a las prestaciones de incapacidad temporal por contingencia común iniciados el 18 de noviembre de 2008 y el 22 de enero de 2009, absolviendo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recobolsa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.584/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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