Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
03-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120403-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

EDICTO

73
Procedimiento ordinario 1.723 de 2008

Doña Eva María de la Gala González, secretaria del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.723 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 30 de enero de 2012.—La ilustrísima señora doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez de primera instancia del número 51 de los de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 1.723 de 2008, sobre juicio ordinario, sobre acción declarativa de dominio y rectificación en el Registro de la Propiedad, seguidos a instancias de don Miguel Ángel Barrero Velasco y doña Manuela Vázquez Rojano, representados por el procurador de los tribunales don José María Herrera Rodríguez, contra herederos de doña Carmen Armenta Ramiro, doña Salud Gómez Armenta, doña Laura Armenta Berrocal, don Miguel Armenta Berrocal, doña María Pilar Giménez Armenta, don Juan Giménez Armenta, doña Dolores Gómez Armenta y doña María de los Ángeles Barranco Crespillo, representados por el procurador don Juan Torrecilla Jiménez, y contra doña María de los Ángeles Gómez Barranco, don Fernando Gómez Barranco, doña Margarita Gómez Barranco, doña Luz Gómez Barranco y don Raúl Gómez Barranco.

Debo desestimar y desestimo la demanda deducida por el procurador señor Herrera Rodríguez, en representación de don Miguel Ángel Barrero Velasco y doña Manuela Vázquez Rojano y, en su consecuencia, debo absolver y absuelvo a los demandados herederos de doña Carmen Armenta Ramiro, doña Salud Gómez Armenta, doña Laura Armenta Berrocal, don Miguel Armenta Berrocal, doña María Pilar Giménez Armenta, don Juan Giménez Armenta, doña Dolores Gómez Armenta y doña María de los Ángeles Barranco Crespillo, representados por el procurador don Juan Torrecilla Jiménez, y contra doña María de los Ángeles Gómez Barranco, don Fernando Gómez Barranco, doña Margarita Gómez Barranco, doña Luz Gómez Barranco y don Raúl Gómez Barranco de las pretensiones deducidas en su contra, imponiendo a los actores el pago de las costas procesales causadas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Salud Gómez Armenta, doña Dolores Gómez Armenta, ignorados heredeos de don Juan Giménez Armenta e ignorados heredeos de doña María de los Ángeles Barranco Crespillo se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, fijándose en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de veinte días.

Madrid, a 21 de febrero de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/2.161/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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