Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
31-03-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120331-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Demanda 227 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 227 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Gerardo Barrera Velásquez y don Hassame Rattab Hammouche, contra “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, y “FCC Construcción, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado auto de acumulación de fecha 21 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acumúlense a estos autos a los que se siguen en este Juzgado con el número 228 de 2011, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Se pone en conocimiento de las partes que el presente procedimiento se encuentra señalado para el día 3 de mayo de 2012, a las nueve cuarenta y cinco horas.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 21 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.048/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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