Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
31-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120331-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

55
Demanda 969 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 969 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elizabeth Mamani Queque, contra la empresa “Ragadiasa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 16 de 2012

En Madrid, a 17 de enero de 2012.—Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña Elizabeth Mamani Queque, con número de identificación de extranjería X-6179893-T, asistida del letrado don Augusto Blanco Sacha, colegiado número 54.762, contra “Ragadiasa, Sociedad Limitada”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por la parte actora doña Elizabeth Mamani Queque, contra la empresa demandada “Ragadiasa, Sociedad Limitada” (“Restaurante La Ponderosa”), en reclamación sobre despido, declarar la improcedencia del despido y condenar a la empresa demandada para que en el plazo de cinco días hábiles opte por la readmisión o la indemnización a la actora en la cantidad de 2.251,09 euros, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, producido el día 10 de julio de 2010, hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 50 euros/día.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Princesa, número 2, de Madrid, y número de cuenta corriente 2501/0000/00/0969/11 el importe del principal y 300 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ragadiasa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.623/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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