Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
31-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120331-49

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

49
Demanda 67 de 2010

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 67 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alejandra Galán Sánchez, contra las empresas “Barcelona Tecnológicas de la Información, Sociedad Anónima”, “IBM España, Sociedad Anónima”, don Raúl Lorente Sibina y don Alejandro Palomar Maristany, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 32 de 2012

En Madrid, a 1 de febrero de 2012.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de doña Alejandra Galán Sánchez, frente a la empresa “Barcelona Tecnológicas de la Información, Sociedad Anónima”, y los administradores concursales don Raúl Lorente Sibina y don Alejandro Palomar Maristany. Ha sido llamado el Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, y sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, condeno a al empresa “Barcelona Tecnológicas de la Información, Sociedad Anónima”, a abonar a doña Alejandra Galán Sánchez la cantidad de 1.921,85 euros, más el interés por mora que el principal devengue, según lo prescrito en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, a razón de un 10 por 100 anual hasta la fecha de la presente sentencia, sin perjuicio de los intereses legales que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil deban producirse a partir de la misma.

Asimismo, en la calidad que ostentan de administradores concursales, impongo a don Raúl Lorente Sibina y don Alejandro Palomar Maristany la obligación de estar y pasar por la precedente condena de “Barcelona Tecnológicas de la Información, Sociedad Anónima”.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Alejandra Galán Sánchez, “Barcelona Tecnológicas de la Información, Sociedad Anónima”, “IBM España, Sociedad Anónima”, don Raúl Lorente Sibina y don Alejandro Palomar Maristany, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.594/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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