Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120330-219
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
Hago saber: Que en autos de ejecución número 43 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de las Nieves Rodríguez Fombellida, contra “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Mar Alejo Rodríguez.—En Madrid, a 12 de marzo de 2012.
De conformidad con lo establecido en el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y habiéndose solicitado por doña María de las Nieves Rodríguez Fombellida el despacho de la ejecución frente a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, se tiene por promovido incidente de no readmisión y se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, décima planta, de Madrid, el día 16 de abril de 2012, a las nueve y veinte horas, con apercibimiento de que deban asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y de que si no asistiere el trabajador o persona que lo represente, se le tendrá por desistido de su solicitud; y si no compareciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia, y hágase la consulta de la vida laboral de la parte actora por medio del Punto Neutro Judicial.
Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 57 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
También acuerdo citar a la empresa “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, por medio de edictos y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plantel Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 12 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/9.896/12)

