Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
30-03-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120330-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 3

EDICTO

116
Procedimiento ordinario 556 de 2007

En el presente procedimiento ordinario número 556 de 2007 seguido a instancias de “Banco Mais, Sociedad Anónima”, frente a don Hugo Javier Barros Vidal y doña María del Carmen Bejarano Carreno, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia

En Majadahonda, a 17 de marzo de 2009.—Vistos por doña Carolina García Durrif, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario de reclamación de cantidad registrado con el número 556 de 2007, y seguidos a instancias de “Banco Mais, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Teresa Quesada Martínez, contra don Hugo Javier Barros Vidal y doña María del Carmen Bejarano Carreno, declarados en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Banco Mais, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Teresa Quesada Martínez, contra don Hugo Javier Barros Vidal y doña María del Carmen Bejarano Carreno, declarados en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los demandados al pago solidariamente a la actora de la cantidad de 17.829,79 euros, más los intereses legales conforme a lo dispuesto en el fundamento tercero de esta resolución, así como al pago de las costas causadas en el juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, que deberá prepararse ante este Juzgado, y en la forma prevista por los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichos demandados don Hugo Javier Barros Vidal y doña María del Carmen Bejarano Carreno, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Majadahonda, a 17 de febrero de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/1.813/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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