Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-116
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
EDICTO
Doña Ana María García García, secretaria de lo social del número 4 de Madrid.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Fátima María Calonge Gutiérrez, contra “CEB Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.256 de 2011, se ha acordado citar a “CEB Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de notificarle el siguiente auto aclaratorio de sentencia:
Auto
En Madrid, a 25 de enero de 2012.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación al caso de autos.
Dispongo: Que procede acceder a la aclaración solicitada, rectificando el error material aritmético padecido en el fallo de la sentencia dictada en el presente procedimiento, debiendo reflejarse en el mismo en lugar de la opción por la readmisión o indemnización que se deja sin efecto, que además de declarar la improcedencia del despido se decreta la extinción de la relación laboral entre las partes en la fecha de la referida resolución condenando a la demandada al abono de la suma que por indemnización y salarios de tramitación se indica en la sentencia; manteniendo en lo demás en su integridad el contenido del auto.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponerse recurso alguno sin perjuicio del recurso de suplicación que cabe interponer para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid conjuntamente con el de la sentencia que se aclara, y en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.
Así por este mi auto, lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones dirigidas se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CEB Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Madrid.—La secretaria judicial (firmado).
(03/8.254/12)