Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-153
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21
EDICTO
En el presente procedimiento ordinario número 981 de 2008, seguido a instancias de “Nuevazar, Sociedad Limitada”, frente a don Francisco Jesús Cruz Cota, doña Benedicta Touriño Novoa y “Noé Patxi Bar de Copas, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia número 161
Magistrada-juez de primera instancia, doña María del Carmen Pérez Elena.—En Madrid, a 6 de julio de 2010.
Fallo
Que desestimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Myriam Álvarez del Valle Lavesque, en nombre y representación de la mercantil “Nuevazar, Sociedad Limitada”, contra la mercantil “Noé Patxi Bar de Copas, Sociedad Limitada”, y contra don Francisco Jesús Cruz Cota, doña Benedicta Touriño Novoa, debo absolver a la parte demandada de las pretensiones que contra la misma se contienen en el escrito de demanda, con expresa condena en costas a la parte demandante.
Notifíquese la presente sentencia en legal forma a las partes comparecidas, enterándoles que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, según lo dispuesto en los artículos 457 y 458 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
A dicho escrito deberá acompañarse copia del documento de ingreso en la “Cuenta de depósitos” del Juzgado (2449) de la cantidad de 50 euros, en la que se indique que se trata de un “Recurso”, conforme al artículo 1, punto 19, de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1995, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose la codemandada doña Benedicta Touriño Novoa en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Madrid, a 27 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).
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