Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-271
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 272 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás de Blas Hurtado, contra don Enmanuel Fernandes y “Anmad Diseño, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 21 de 2012
En Madrid, a 18 de enero de 2012.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos seguidos con el número 272 de 2011, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Tomás de Blas Hurtado, que comparece asistido de letrado, y de otra, como demandados, don Enmanuel Fernandes y “Anmad Diseño, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Tomás de Blas Hurtado, frente a don Enmanuel Fernandes (“Estructuras Metálicas Soldex”) y “Anmad Diseño, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno al demandado don Enmanuel Fernandes (“Estructuras Metálicas Soldex”) a abonar al trabajador la cantidad de 6.959,70 euros por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos, más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente, y, asimismo, se condena a ese demandado a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
Se debe absolver y absuelvo a la codemandada “Anmad Diseño, Sociedad Limitada”, de las pretensiones de condena, de existir, que se pueda derivar de la demanda que inicia este procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2524, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado, con el número 2524/0000/00/0272/11, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Enmanuel Fernandes y “Anmad Diseño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 2 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/7.727/12)

