Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120326-246
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.076 de 2009, ejecución número 94 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Mancebo Cano, contra la empresa “Felial Promociones Inmobiliarias, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto de embargo de fecha 7 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Primero.—Se acuerda el embargo sobre los créditos que contra don José María Iceta Berecíbar, ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con el ejecutado en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el presente oficio a la referida persona física al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.
Y, asimismo, adviértase:
a) Que el pago que, en su caso, hiciere al demandado no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento le libera de toda responsabilidad frente al acreedor.
b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).
Segundo.—Se acuerda poner la cantidad de 7,07 euros a disposición de la parte actora en concepto de principal, haciéndole saber que podrá retirar dicho mandamiento en la Secretaría de este Juzgado de lo social en horario de nueve a catorce horas.
Tercero.—Se acuerda oficiar al Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial para conocer las posibles cargas y valorar la embargabilidad del inmueble que consta en autos con propiedad de la demandada en el municipio de Valdemaqueda.
Cuarto.—Se acuerda unir a los autos de su razón los oficios recibidos, dando traslado a la parte ejecutante del presentado por “La Caixa”, para su conocimiento a los efectos oportunos. En cuanto al escrito presentado por dicha parte, quede pendiente del resultado de lo acordado en la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 2818/0000/64/1076/09 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento, que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Felial Promociones Inmobiliarias, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 7 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/7.724/12)

