Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
24-03-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación funciones

Por el presente se hace público que el titular de esta Alcaldía, don Luis Manuel Partida Brunete, con fecha 29 de febrero de 2012, ha resuelto:

Primero.—Delegar en doña Ana Luisa Delclaux Bravo, segunda teniente de alcalde, la competencia que la letra n) del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuye a esta Alcaldía para la resolución de los procedimientos sancionadores derivados de la infracción de las ordenanzas municipales.

Segundo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha en la que se dicte, sin perjuicio de que la delegación deba ser aceptada por la interesada y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se entenderá tácitamente aceptada la delegación de no manifestarse expresamente voluntad en contrario en el plazo de tres días siguientes a la notificación de esta resolución.

Tercero.—El órgano delegante conservará las siguientes facultades en relación con la competencia delegada:

a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.

b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.

La concejala-delegada, en cualquier caso, queda obligada a informar a esta Alcaldía, con la prioridad que se determine, de la gestión y actos determinados que adopten en los términos y con el alcance previsto en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Cuarto.—Sin perjuicio de las facultades de revocación que corresponden a esta Alcaldía, podrá en cualquier momento avocar la competencia delegada con arreglo y en los términos previstos en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.—En los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad de la concejala-delegada será sustituida por quien designe la Alcaldía por resolución.

Sexto.—En lo no previsto en la presente resolución se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Conforme a dicha normativa las competencias delegadas en ningún caso podrán, a su vez, ser delegadas en un tercero.

En Villanueva de la Cañada, a 1 de marzo de 2012.—El primer teniente de alcalde, por delegación (resolución de 29 de febrero de 2012), Enrique Serrano Sánchez-Tembleque.

(03/9.878/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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