Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-41
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
OTROS ANUNCIOS
Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad
EDICTO NÚMERO 6/2012. EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
Resolución de 16 de febrero de 2012, de la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.
Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de resolución dictada en procedimiento de responsabilidad patrimonial al interesado que se expresa a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido del acto que a continuación se especifica.
Acto: resolución de fecha 24 de agosto de 2010, adoptada por la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4, apartado 2.1.d), del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de fecha 18 de junio de 2007, de organización, estructura y delegación de competencias del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos que se relaciona seguidamente:
Número de orden. — Interesado. — Número de expediente. — Resolución
1. — P. R. — 132/2009/03441. — Desestimatorio.
De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias del Servicio de Relaciones Institucionales y Reclamaciones Patrimoniales de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad (calle Mejía Lequerica, número 10, segunda planta, 28004 Madrid), en el horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.
Contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
II. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Responsabilidad Patrimonial” (OAEP), cuya finalidad es resolver reclamaciones de responsabilidad patrimonial por daños derivados del funcionamiento de los servicios públicos municipales relacionados con actuaciones en vías y espacios públicos y protección del medio ambiente, e informar a los interesados sobre la tramitación de sus solicitudes, y podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
La información necesaria para contactar con el reclamante o su representante, y que conste en los documentos aportados por aquellos al expediente administrativo, podrá ser facilitada a otros terceros a quienes se reconozca la condición de interesados en el procedimiento a los efectos de una eventual indemnización, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 37.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El órgano responsable del fichero es la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, ante la que el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Madrid, a 16 de febrero de 2012.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.
(02/1.737/12)

