Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
24-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-173

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 1.404 de 2008

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.404 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Ballesteros Herrero, contra la empresa “Construcciones Deportivas Tenyaqua, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acta

En Madrid, a 14 de febrero de 2012.—Ante mí, la secretaria judicial de este Juzgado de lo social número 24, doña Marta Menárguez Salomón, comparecen: como demandante, don Julio Ballesteros Herrero, no comparece estando citado en legal forma, y como demandado, comparece don Rafael Segovia Martín, con documento nacional de identidad número 51431827-D, como administrador de la empresa demandada, según poder que exhibe y retira en este acto, y asistido de la letrada doña María Remedio Nercellas González, con carné número 56.177.

Ante la incomparecencia del demandante se le tiene por desistido de su demanda.

La parte demandada presta su conformidad al precedente desistimiento.

Concluida la comparecencia, se extiende de ella el acta que leída y en muestra de conformidad, firman los presentes de lo que doy fe.

Auto

En Madrid, a 14 de febrero de 2012.

El día 8 de noviembre de 2008 tuvo entrada en este Juzgado de lo social número 24, demanda presentada por don Julio Ballesteros Herrero, frente a “Construcciones Deportivas Tenyaqua, Sociedad Limitada”, habiéndose admitido la demanda el día 9 de noviembre de 2008.

Segundo.—A dichos actos han comparecido las partes con el resultado que consta en acta.

Razonamientos jurídicos:

Único.—Declarada por el actor su voluntad de abandonar el proceso iniciado por él y no habiéndose solicitado por la demandada la continuación del procedimiento, procede tener al demandante por desistido de su demanda.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido de su demanda, y una vez firme esta resolución archívese, previa nota en el libro correspondiente.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Elena Burgos Herrera.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 17 de febrero de 2012.

Visto el estado de las actuaciones, acuérdese notificar a la parte actora el auto de desistimiento de fecha 14 de febrero de 2012 por correo, por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid y, cautelarmente, a través de edictos según el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y una vez verificado lo anterior acuérdese el archivo de las actuaciones previa baja en el libro de registro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Julio Ballesteros Herrero, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.390/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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