Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-170
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 692 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pilar Diz Diz y don Jesús Antonio Galán Sánchez, contra la empresa “Fermóvil Madrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 68 de 2012
En Madrid, a 13 de febrero de 2012.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente sentencia:
En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad, seguidos entre las partes: de una, y como demandante, doña Pilar Diz Diz, con documento nacional de identidad número 51988977-F y don Jesús Antonio Galán Sánchez, con documento nacional de identidad número 2196377-S, representado el último y defendidos ambos por el letrado don José Manuel Piñeiro Pérez. Y de otra, y como demandada, “Fermóvil Madrid, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial.
Vistos los preceptos legales de general y pertinente aplicación,
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Pilar Diz Diz y don Jesús Antonio Galán Sánchez, contra “Fermóvil Madrid, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las cantidades que a seguido se indican. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta resolución y desestimo los restantes pedimentos de la demanda:
Doña Pilar Diz Diz: 535,11 euros brutos, por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 47,85 euros de interés por mora.
Don Jesús Antonio Galán Sánchez: 526,86 euros brutos, por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 44,66 euros de interés por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes y a las que se advierte que es firme, ya que contra la misma no cabe interponer recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fermóvil Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/7.382/12)