Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
23-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120323-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

124
Ejecución 166 de 2011

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 166 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Florenta Babuta, contra la empresa “Servicios Integrales Don Jaspe, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 17 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: En atención a lo expuesto, y vistos anteriores ingresos recibidos por importes de 768,96 euros y 221,17 euros, quedando reducido el principal a 7.246,31 euros, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Servicios Integrales Don Jaspe, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 7.246,31 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Póngase a disposición de la ejecutante doña Florenta Babuta la cantidad de 990,13 euros, líbrese para ello el oportuno mandamiento. Se requiere a la ejecutante doña Florenta Babuta a fin de hacerle entrega de mandamiento por importe de 120 euros en concepto de principal.

c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Integrales Don Jaspe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.979/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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