Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
23-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120323-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

103
Ejecución 44 de 2012

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 44 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Moreno Hernández, contra la empresa “Construcciones La Rosaleda 2000, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de fecha 17 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, señora doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 17 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Procede despachar ejecución de sentencia, dictada en estos autos a instancia de la parte ejecutante, don Andrés Moreno Hernández, frente a “Construcciones La Rosaleda 2000, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 64.946,67 euros en concepto de principal, más otros 6.494,67 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto cabe recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, y todo ello conforme a los términos previstos en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Decreto

El secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 17 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones La Rosaleda 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.690/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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