Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120322-156
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 884 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelilah Jilali, contra don Najjar Adil, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia dice:
En Madrid, a 2 de diciembre de 2011.—Don Juan Manuel Carrillo Eguilaz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, en los que han sido parte: como demandante, don Abdelilah Jilali, asistido por el letrado don Enrique Javier Sainz de Baranda de la Torres, como demandado, el empresario individual don Najjar Adil, que citado en forma, no comparece.
Fallo
Estimando la demanda formulada por don Abdellilah Jilali, frente a don Najjar Adil, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, efectuado el 4 de julio de 2011, y condeno a la empresa demandada a que en el plazo de cinco días, desde la notificación de esta sentencia opte entre la readmisión del trabajador, o la extinción del contrato de trabajo, abonando en este supuesto una indemnización de 434,59 euros, y en todo caso a abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido 4 de julio de 2011, hasta la notificación de sentencia, a razón de 38,63 euros por día.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Si el recurrente no tiene reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá haber depositado la cantidad de objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2805, abierta en “Banesto”, Madrid Urbana, calle Princesa, número 3 (código entidad 0030, código oficina 1033), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la mencionada cuenta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Najjar Adil, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/7.706/12)