Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68
Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120320-66
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Se pone en conocimiento que el plazo de cobranza en período voluntario de los siguientes tributos de carácter periódico y ejercicio 2012 es el siguiente:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:
l Período de cobranza, desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo.
— Tasa por ocupación de la vía pública con quioscos:
l Período de cobranza, desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo.
— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras:
l Período de cobranza, desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana:
l Período de cobranza, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica:
l Período de cobranza, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre.
— Impuesto sobre actividades económicas:
l Período de cobranza, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre.
— Tasa por ocupación de la vía pública con puestos (mercadillo municipal):
l Período de cobranza, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre.
Medios de pago: los previsto en el artículo 43 de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección.
Lugares de pago: entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.
Asimismo se recuerda que transcurridos los plazos indicados, las deudas serán exigibles por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Las Rozas de Madrid, a 16 de marzo de 2012.—El tesorero (firmado).
(02/2.358/12)

