Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
20-03-2012

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120320-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Duodécima

EDICTO

81
Recurso apelación 19 de 2010

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Administración de Justicia con destino en la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe: Que en el rollo de apelación civil número 19 de 2010, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 254

Los ilustrísimos magistrados, don José María Torres Fernández de Sevilla, don Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo y doña Ana María Olalla Camarero.—En Madrid, a 30 de marzo de 2011.

Visto en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 1.510 de 2007, procedentes del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo número 19 de 2010, en los que aparece como parte demandante-apelada doña María de las Nieves Peláez Rebato, representada por el procurador don Arturo Molina Santiago, como demandado-apelante don Francisco Javier Peñín Franco, representado por la procuradora doña María Luisa López-Puigcerver Portillo, y como demandados-apelados don Carlos José Sebastián Buendía, representado por el procurador don Javier Iglesias Gómez y “La Olmeda de Armuña, Sociedad Limitada”, que fue declarada en rebeldía en primera instancia y no se ha personado en esta instancia, sobre reparación de daños y desperfectos en vivienda, y siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Fernando Herrero de Egaña y don Octavio de Toledo.

Fallamos

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por don Francisco Javier Peñín Franco, contra la sentencia de 16 de septiembre de 2008, dictada en autos número 1.510 de 2007, del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, en los que fue actora doña María de las Nieves Peláez Rebato y condemandados, don Carlos José Sebastián Buendía y “La Olmeda de Armuña, Sociedad Limitada”, debemos confirmar y confirmamos la referida resolución, imponiendo al recurrente el pago de las costas causadas en esta alzada. Contra la presente resolución no cabe recurso, sin perjuicio, si se interpusiese, de dar al mismo la tramitación procesal oportuna, incluido, en su caso, el correspondiente recurso de queja. Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala y se notificará a las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Los testimoniado concuerda bien y fielmente con su original a que me remito y para que conste y sirva de notificación a la apelada no comparecida “La Olmeda de Armuña, Sociedad Limitada”, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/1.882/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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