Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120319-166
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 143 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Conrado Solórzano Ochoa, contra las empresas “Nascentia Internacional, Sociedad Limitada”, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Alba Sloan, Sociedad Limitada”, “Meykel, Sociedad Limitada”, “Lerma Sorel, Sociedad Limitada”, “Uldeberri, Sociedad Limitada”, “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, “Fletamentos Navieros Canarios, Sociedad Limitada”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Isleña Marítima de Contenedores, Sociedad Anónima”, “Imot, Sociedad Limitada”, y “Contenemar, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Auto
En Madrid, a 30 de enero de 2012.
Parte dispositiva:
1. Tener por efectuado en tiempo y forma la opción por la indemnización.
2. Desestimar la solicitud de ejecución de la readmisión formulada por el actor el 19 de julio de 2010, advirtiendo que se podrá interponer, en su caso, ejecución dineraria.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Instituto Nacional de Empleo.
Modo de impugnarla: Sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrá interponerse recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).
El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:
a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, sita en “Banesto”, calle Princesa, número 3, cuenta corriente número 2506.
b) Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos: 0030/ 1143/50/0000000000 y en concepto de indicar el número de cuenta corriente 2506, número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Nascentia Internacional, Sociedad Limitada”, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Alba Sloan, Sociedad Limitada”, “Meykel, Sociedad Limitada”, “Lerma Sorel, Sociedad Limitada”, “Uldeberri, Sociedad Limitada”, “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, “Fletamentos Navieros Canarios, Sociedad Limitada”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Isleña Marítima de Contenedores, Sociedad Anónima”, “Imot, Sociedad Limitada”, y “Contenemar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/7.054/12)

