Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67
Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120319-4
Páginas: 3
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Comercio de Óptica al Detall y Talleres Anejos, suscrita por la Comisión Mixta del mismo el día 4 de julio de 2011, completada la documentación exigida en el artículo 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
RESUELVE
1.o Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 14 de febrero de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
Acta de la Comisión Mixta del Convenio de Comercio de Óptica al Detall y Talleres Anejos de Madrid
En Madrid, a 4 de julio de 2011, se reúne en los locales de FITAG-UGT, sitos en la avenida de América, número 25, sexta planta, de Madrid, la Comisión Mixta del Convenio de Comercio de Óptica y Talleres Anejos de la Comunidad de Madrid, integrada por los representantes de la Asociación de Empresarios de Comercio de Óptica (AECOP), Asociación Española de Cadenas de Óptica (AECO), FITEQA-CC OO de Madrid, y FITAG-UGT de Madrid, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 25 del vigente convenio, hablándose llegado a los siguientes acuerdos:
— Incremento salarial año 2011: De acuerdo con el artículo 24 del convenio colectivo para el Comercio de Óptica y Talleres Anejos de la Comunidad de Madrid, se procede a incrementar los salarios actualizados de 2010 en el 1,5 por 100, dando así cumplimiento a lo acordado en el citado artículo.
Dicho incremento, tendrá carácter retroactivo con efecto de enero de 2011, quedando según las tablas adjuntas.
Y sin más temas que tratar y de común acuerdo se expide la presente acta, que es firmada por los representantes de las partes intervinientes.
Madrid, a 4 de julio de 2011.—AECOP, Raúl López; AECO, Manuel H. Duran; FITEQA-CC OO, Alberto Arévalo, y FITAG-UGT, Cristina Navarro.
(03/7.143/12)

